SERVICIO DOMESTICO

SERVICIO DOMÉSTICO



EL NUEVO RÉGIMEN DE SERVICIO DOMESTICO, PREVÉ QUE EN CASO DE DESPIDO DIRECTO O INDIRECTO, LA EMPLEADA/O, TENDRÁ DERECHO A UN SUELDO POR AÑO TRABAJADO EN ESO LA NORMATIVA SE ADECUA A LA L.C.T.-

EN CUANTO AL PREAVISO, SEGÚN LA ANTIGÜEDAD SERÁ DE 10 DÍAS A UN AÑO.-
PERCIBIRÁ TAMBIÉN LIQUIDACIÓN FINAL.-
TENDRÁ LICENCIA POR ENFERMEDAD, MATRIMONIO, ETC.-
ASIMISMO EL EMPLEADOR DEBERÁ CONTRATAR UN SEGURO, CON EL OBJETO DE CUBRIR LAS CONTINGENCIAS LABORALES.-
PARA MÁS DETALLES COMUNÍQUESE CON NOSOTROS.-

MARIA DE LOS ANGELES AGRASAR

ABOGADA

CARHUE 28 PISO 4 DTO A LINIERS

15-5662-9575



estudiojuridico@profesionalesdelderecho.com

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